Chile ha establecido algunos beneficios tributarios destinados a incentivar la llegada de inversionistas y de capitales al país, algunos de los cuales favorecen la inversión en sectores intensivos en uso de tecnología.
A continuación se detallan algunas de las áreas en las cuales se han establecido beneficios tributarios:
Inversión Extranjera o Decreto Ley 600.El Comité de Inversiones Extranjeras (Cinver) establece una distinción entre las inversiones productivas, que se canalizan a través del Estatuto de la Inversión Extranjera, o Decreto Ley 600 (DL 600), y las no productivas, que son de carácter financiero, que se realizan bajo las disposiciones del Capítulo XIV del Compendio de Cambios Internacionales.
Con estos mecanismos se busca crear una seguridad tributaria y condiciones estables para atraer a los inversionistas extranjeros a Chile, otorgando claridad y un trato igualitario y no discrecional a los inversionistas de otros países.
Exenciones a ganancias de capital.El sistema tributario chileno contempla una exención respecto de todos los impuestos que puedan afectar a los inversionistas institucionales extranjeros (fondos mutuos y fondos de pensiones). Se obtiene del mayor valor obtenido en la venta de acciones de sociedades anónimas abiertas, o de bonos u otros títulos de oferta pública emitidos por el Banco Central, el Estado de Chile o empresas que estén constituidas en el país.
Dicha venta debe ser efectuada en una bolsa de valores chilena, mediante un proceso de oferta pública de adquisición de acciones (OPA), o bien, con cualquier otro sistema autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
Incentivos a la Investigación y + Desarrollo.
La legislación chilena establece incentivos tributarios a la inversión privada en investigación y desarrollo (I+D). El beneficio consiste en que los contribuyentes de primera categoría (empresas) pueden acceder a un crédito contra los impuestos que hayan pagado en el último ejercicio, equivalente al 35% de los pagos en dinero efectuados por contratos para investigación y desarrollo certificados por Corfo.
Este incentivo se aplica incluso si dichas actividades de I+D no se relacionan directamente con el giro de la sociedad.
El monto del crédito no podrá exceder de un 15% de su ingreso bruto anual, ni el equivalente a cinco mil unidades tributarias mensuales (UTM), de acuerdo al valor de dicha unidad al término del ejercicio (en torno a 183 millones de pesos actualmente).
Para acceder al beneficio las empresas deberán suscribir contratos de investigación con los Centros de Investigación acreditados por Corfo, por montos superiores al equivalente a 100 UTM al momento de su celebración.